Dictamen sobre Bienes Regularizados ¿Cómo impactan en Ganancias?
Nuevo dictamen, nueva aclaración clave.
¿Qué pasa con los bienes regularizados en el impuesto a las ganancias?
Te resumimos lo que tenés que saber para liquidar bien el período fiscal 2024.
El nuevo Dictamen sobre la Ley 27.743 aclara el tratamiento impositivo de los bienes blanqueados y el Impuesto Especial.
Te resumimos los puntos clave para liquidar correctamente el periodo fiscal 2024.
¿El Impuesto Especial es deducible?
Si. Si los bienes están afectados a la generación de ganancias gravadas, el impuesto Especial de Regularización ingresado en 2024 es deducible en Ganancias. (Art.86 inc. a LIG)
¿Y el pago del REIBP?
- También es deducible si los bienes están afectados a ganancias gravadas.
- No se prorratea entre ejercicios: se deduce completo en 2024.
Tipo de cambio a usar para declarar bienes en USD
- No se usa el tipo de cambio del Decreto 608/24.
- Para Ganancias, el valor de incorporación al patrimonio debe determinarse al tipo de cambio oficial al 01/01/2024. Ahora, al 01/01/2024, no hay un TC ¿Cuál deberíamos tomar? ¿TC Comprador Billete al 02/01/2024 TC 790,25? o ¿TC Comprador Divisa al 30/12/2024 TC 805,45?
¿Los Bienes Regularizados integran el activo al 31/12/2023?
No. Se consideran incorporados recién el 01/01/2024. No forman parte del activo computable del 2023 ni se incluyen en el ajuste por inflación.
¿Y los bienes de cambio regularizados?
No pueden computarse en la existencia inicial de 2024. Es decir, que para el cálculo del CMV, se debe tomar la existencia al inicio sin el ajuste de los Bienes de Cambio.
Si están al cierre del ejercicio, se valúan según las normas generales de Ganancias.
Venta de inmuebles blanqueados adquiridos antes de 2018
La fecha de incorporación es 01/01/2024. Si se venden después, tributan el impuesto cedular (art. 99 LIG), salvo que estén destinados a casa-habitación.
Esperamos que esta info te sea muy útil. Las Contas.