Devolución de percepciones por compra de Moneda Extranjera

Devoucion de percepciones
Un tema recurrente a nivel impositivo y sobre el cual hablamos siempre, es la devolución de percepciones por compra de moneda extranjera.
En esta oportunidad traemos una novedad de AFIP, que le va a facilitar la devolución a muchos contribuyentes.

Recordemos que las percepciones por compra o gastos en moneda extrajera surgen de la RG 4815/2020. 
Toda compra de moneda extranjera (200 dólares solidarios) esta alcanzada por una percepción del 35% mientras que todo gasto esta alcanzado por una percepción del 45%, en ambos casos a utilizar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.


A estos porcentajes se le puede sumar una segunda percepción del 25% cuando se trate de gastos en pasajes y paquetes turísticos o cuando los gastos con tarjeta de crédito por persona superen los 300 dólares mensuales.

¿Qué cambios se incorporaron?

Todos aquellos contribuyentes que sufrieron percepciones bajo un código de impuesto en el que no se encuentran inscriptos (por error el agente), podrán solicitar la devolución desde el aplicativo “Devolución de percepciones”.
Ejemplo de lo que pasaba con anterioridad:

Contribuyente inscripto en el Impuesto sobre los Bienes Personales que sufrió percepciones en el Impuesto a las Ganancias durante el periodo fiscal, al intentar cargar la devolución, saltaba el siguiente error (cuando el contribuyente ya estaba incluso inscripto):
Devoucion de percepciones
A partir de la modificación podrán solicitar la devolución:

•Inscriptos en Bienes Personales, que le percibieron al código 217 (SICORE – Impto. a las Ganancias).
•Inscriptos en Ganancias o IVA, que le percibieron al código 219 (SICORE – Impto. S/ Bs Personales).
•Empleados en relación de dependencia y/o jubilados que sufren retenciones código 787 (Ret. Art. 79 Ley Gcias inc. A, B y C), a quienes le percibieron al código 219 (SICORE – Impto. S/ Bs Personales).

¿Cómo se solicita la devolución de percepciones?

1) Ingresamos con CUIT y clave fiscal a la página de AFIP y luego al servicio “Devolución de Percepciones”:
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2) Hacemos clic en NUEVO y completamos con el periodo fiscal de la DJ.
Devoucion de percepciones
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3) Clic en aceptar, nos aparecerán automáticamente y ya cargadas las percepciones 
correspondientes a ese periodo fiscal. IMPORTANTE: se deberá presentar una DJ por mes.
Devoucion de percepciones
4) Si todo esta OK hacemos clic en presentar, caso contrario podremos cargar de manera manual las percepciones que estén faltando:
Devoucion de percepciones
5) Luego, hacemos clic en SI y al presentarse el formulario vamos a poder descargar el acuse de presentación.
Devoucion de percepciones
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¿Cómo realizamos el seguimiento de la devolución?

Una vez que presentados los formularios vamos a poder hacer el seguimiento de los mismos, ingresan en Acciones - Seguimiento
Devoucion de percepciones
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Puntos claves:
•La solicitud de devolución se debe presentar mes por mes.
•Las percepciones que no estén informadas por los agentes en “Mis Retenciones”, pero contemos con el comprobante respaldatorio, podremos cargarlas de manera manual. Es importante tener en cuenta que en caso de carga manual la solicitud será derivada a fiscalización.
•Una vez presentadas todas las solicitudes se podrá hacer un seguimiento de las mismas desde “Acciones”.
•Para la devolución será necesario contar con un CBU, el cual deberá estar informado en el aplicativo “Declaración de CBU”.

¿Cómo puedo ver el pago de la devolución?

Desde el aplicativo “Pago de Devoluciones” opción "Consultar", vamos a poder visualizar y controlar la fecha en la que se va a depositar las devoluciones aprobadas:
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Esperamos que esta info te sea muy útil! 

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