Declaración Jurada Informativa de Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales
¿De que se trata la declaración jurada informativa? ¿Quiénes la deben presentar? ¿Cómo se presenta? En esta nota te ayudamos con todas esas dudas y más. Si queres aprender a presentar una declaración jurada informativa, en nuestro curso integral de Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales incluimos un modulo completo con ejercicios prácticos de clientes reales.
Sujetos: ¿Quiénes deberán presentar DJ informativa?
Deberán presentar declaración jurada informativa quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores al importe que establezca AFIP como mínimo para el periodo fiscal, por las siguientes actividades: • Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. • Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial nombrados a partir del 2017. • Trabajo en relación de dependencia. • Jubilación. • Pensión. • Retiros o subsidios en cuanto tengan su origen sea el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto. • Asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación. • Trabajo personal de socios de sociedades cooperativas de trabajo. • Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias. • Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
Asimismo, podrán optar por realizar la presentación de esta declaración jurada quienes, además de obtener exclusivamente ingresos por las actividades mencionadas precedentemente, hayan obtenido en el período fiscal que rentas por: • Actividades como monotributista. • Actividades u obligaciones gravadas por el Impuesto Cedular. • Exentas, no alcanzadas o no computables en el Impuesto a las Ganancias.
Importe de ingresos brutos mínimo anual
El Importe mínimo a partir del cual se deberá presentar DJ informativa se actualiza de manera anual, para el periodo fiscal 2023 asciende a: 15.917.863,58
Impuesto a las Ganancias
En el Impuesto a las Ganancias la declaración jurada Informativa, como su nombre lo indica, cumple con informar los ingresos, gastos y pagos a cuenta del contribuyente a lo largo de un periodo fiscal. Esta declaración jurada NO PUEDE arrojar saldo a favor del contribuyente ni a pagar. El saldo debe ser CERO, porque como su nombre los indica SOLO informa.
Impuesto a las Ganancias – Carga en AFIP
A la hora de cargar y presentar esta declaración jurada, utilizaremos el aplicativo "Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado".
Y deberemos optar por “Régimen Simplificado”.
Impuesto sobre los Bienes Personales
En este impuesto tanto la declaración jurada determinativa como la informativa se debe presentar desde el siguiente aplicativo y siguiendo el mismo procedimiento, la diferencia será que, la declaración jurada determinativa, determinará impuesto ya sea a favor del fisco o del contribuyente, mientras que la informativa, solo informará como se conforma el patrimonio del mismo.